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Índice de Implementación del SCI – IISCI MINAM

a. Resultados

El artículo 11 de la Ley N°  28716, Ley de Control Interno para las entidades del Estado establece que la Contraloría General de la República, debe incluir los resultados de la evaluación efectuada por el Sistema Nacional de Control sobre el Control Interno (CI) en las entidades del Estado, en el informe de gestión anual que presenta al Congreso de la República, conforme a lo dispuesto en el literal k) del artículo 32 de la Ley N° 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República.

La Séptima Disposición Complementaria Final de la Directiva N° 013-2016-CG/GPROD “Implementación del Sistema de Control Interno en las entidades del Estado”, establece la obligatoriedad del registro de información y documentación en el aplicativo “Seguimiento y Evaluación del Sistema de Control Interno – SISECI”.

El documento denominado “Formulario de Medición del Grado de Madurez del SCI” elaborado por la CGR, disponible en su página web, establece el procedimiento y el flujo del proceso de la medición del Grado de Madurez del SCI – 2016, y precisa que los presidentes de los comités de CI deben registrar la información del “Módulo de Proceso de Medición SCI” del SISECI hasta el 31 de marzo de 2017, y que de forma posterior deben ser validos por cada OCI en el lapso comprendido entre el 01 de abril  al 30 de abril de 2017. Finalmente señala que dicha información se constituirá como el insumo para el desarrollo de servicio relacionado “Evaluación del SCI” del periodo correspondiente programado en cada entidad.

En tal sentido, la OPP, en su calidad de Secretaría Técnica del Comité de Control Interno, en coordinación con los distintos órganos del MINAM, desarrolló el documento denominado “Desarrollo del Formulario de la CGR para la medición del Índice de Implementación del SCI en el MINAM”, el cual se constituyó en el insumo para el registro de la información del Módulo de Proceso de Medición del SCI del aplicativo SISECI, el cual se efectuó dentro de los plazos establecidos.

Asimismo, dicho registro fue comunicado formalmente a la Presidenta del Comité de Control Interno mediante Informe N° 001-2017-MINAM/SG/SCI, de fecha 03 de abril de 2017, adjuntándose el antes citado informe y los medios de verificación correspondientes (02 CD con la información digitalizada).

El día 19 de abril de 2017, el OCI del MINAM luego de verificar cada una de las respuestas y que los medios de verificación ingresados correspondan a los parámetros establecidos, aprobó el “Formulario de Medición del SCI” concluyendo así su verificación y lo remitió a la Contraloría General para su consolidación a nivel de Gobierno Nacional.

Finalmente, señalar que los resultados de dicha evaluación se adjuntan en el Anexo N° 1 “Reporte de grado de madurez del CI del MINAM”, el cual concluye que el Ministerio del Ambiente, al 31 de marzo de 2017, logró una puntuación de 39.66 de 100, correspondiéndole el rango de clasificación “Intermedio”.

Documentos

 b. Evolución

Grado de Madurez del SCI del MINAM desarrollado por la CGR para los años 2015 – 2016

Grado de Madurez del SCI del MINAM desarrollado por la CGR a nivel de Componente de Control Interno para los años 2015 – 2016

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