Ministerio del Ambiente - MINAM
Portal de Transparencia Estándar
MINAM - Flickr
MINAM - LinkedIn
MINAM - YouTube
MINAM - Instagram
MINAM - Twitter
MINAM - Facebook
Síguenos en:
2016-07-21

Aprueban Reglamento de la Ley de Mecanismos de Retribución por Servicios Ecosistémicos

pix600

Lima, 21 de julio de 2016.- En sintonía con la Política Nacional del Ambiente y la promoción del uso sostenible de los recursos naturales hoy se aprobó, a través del Decreto Supremo Nº 009-2016-MINAM, el Reglamento de la Ley N° 30215 – Ley de Mecanismos de Retribución por Servicios Ecosistémicos (MRSE). De este modo, se garantiza y hace efectiva la promoción, regulación y supervisión en el diseño e implementación de los MRSE, para el establecimiento de acciones de conservación, recuperación y uso sostenible que aseguran la permanencia de los ecosistemas y los beneficios que brindan.

Cabe precisar que los MRSE son instrumentos e incentivos para generar, canalizar, transferir e invertir recursos económicos, financieros y no financieros, a través de un acuerdo voluntario entre los contribuyente(s) y retribuyente(s) al servicio ecosistémico. Con ello, se anima y garantiza la conservación, recuperación y uso sostenible de las fuentes de los servicios ecosistémicos, los cuales son beneficios económicos, sociales y ambientales que se obtienen del buen funcionamiento de los ecosistemas.

Al respecto, el viceministro de Desarrollo Estratégico de los Recursos Naturales, Gabriel Quijandría, señaló que este es un momento de satisfacción ya que finaliza un ciclo vinculado al esfuerzo iniciado desde la gestión de Antonio Brack. “Con este nuevo Reglamento situamos al Perú a la par de países que han venido trabajando en el tema de reconocimiento de servicios ecosistémicos como instrumento importante de gestión ambiental, generación de inclusión social y distribución de riqueza”, afirmó Quijandría.

El nuevo Reglamento establece que entre los servicios ecosistémicos que pueden formar parte de un MRSE se encuentran: la regulación hídrica; el mantenimiento de la biodiversidad; el secuestro y almacenamiento de carbono; la belleza paisajística; el control de la erosión de suelos; la provisión de recursos genéticos; la regulación de la calidad del aire; la regulación del clima; la polinización; la regulación de riesgos naturales; la recreación y ecoturismo; el ciclo de nutrientes; y la formación de suelos.

Por su parte el director de la Dirección General de Evaluación, Valoración y Financiamiento del Patrimonio Natural, Roger Loyola, indicó que este Reglamento lo que persigue es incentivar comportamientos positivos, complementando el flujo financiero. “Este Reglamento ofrece los lineamientos para que las acciones favorables a la conservación de la naturaleza sean retribuidas financieramente”, resaltó Loyola. Añadió además que el carácter voluntario se constituye como el primer paso para que la gente tome consciencia de que la importancia del tema que permita generar mayores y mejores esfuerzos en el tema.

Asimismo, el documento específica quienes son los contribuyentes y retribuyentes. Además, ofrece detalles del acuerdo voluntario entre éstos, facilitando la plataforma de buena gobernanza de los MRSE en consonancia con los gobiernos regionales y locales. Junto a ello, ofrece los lineamientos para los MRSE en Áreas Naturales Protegidas (ANP) del Sistema Nacional de Áreas Naturales Protegidas por el Estado (SINANPE) y da pautas para la investigación sobre las fuentes de los mismos.

El Reglamento también establece el Registro Único de MRSE y sus procedimientos, requisitos, plazos y beneficios de inscripción. En línea directa a ello, este nuevo Reglamento determina que el Ministerio del Ambiente (Minam) ofrecerá información sobre los MRSE en el marco del Sistema Nacional de Información Ambiental (SINIA). Para ello, ha dispuesto la elaboración de reportes anuales sobre los MRSE con el fin de propiciar su incremento hacia la mejora y gestión eficiente de los ecosistemas de nuestro país.

Accede al nuevo Reglamento para conocer al detalle sus términos haciendo clic aquí.

  • Compartir en:
 
PLATAFORMA DE ATENCIÓN A LA CIUDADANÍA
Av. Antonio Miró Quesada (ex Juan de Aliaga) 425 - 4to piso - Magdalena del Mar
Central telefónica: (511) 6116000

Mesa de Partes
Horario: lunes a viernes de 8:30a.m. a 4:30 p.m.
Consulta el estado de tu trámite: 0800-00-558
Central telefónica: (511) 6116000
Correo: atencion-ciudadania@minam.gob.pe
Centro de Documentación
Horario: lunes a viernes de 8:30a.m. a 4:30 p.m.
Correo: biam@minam.gob.pe
Atención a la Ciudadanía
Horario: lunes a viernes de 8:30a.m. a 4:30 p.m.
Correo: atencion-ciudadania@minam.gob.pe