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9.2.8. Cobertura e integridad de las Áreas Naturales Protegidas (ANP)

El Sistema Nacional de Áreas Naturales Protegidas por el Estado (Sinanpe) ha tenido un crecimiento sostenido hasta llegar a contar en junio del año 2013 con un total de 77 ANP de administración nacional directa del Sernanp, 15 áreas de conservación regional (ACR) administradas por los gobiernos regionales y 69 áreas de conservación privadas (ACP), que en conjunto representan casi el 17 % del territorio terrestre nacional[217].

La normativa establece que se aprobaría un plan maestro para cada área natural protegida. En ese sentido, al 2013, el 78 % de las ANP de administración nacional y de categoría definitiva cuentan con su documento de planificación del más alto nivel. Asimismo, al 31 de diciembre de 2013, el 94,73 % de las ANP de administración nacional no presentaban efectos negativos.

El Sernanp tiene como objetivo principal conservar la diversidad biológica in situ en su calidad de ente rector de las áreas naturales protegidas y asegurar su funciona­miento como sistema unitario, además de asegurar la continuidad de los procesos ecológicos y evolutivos, dentro de áreas suficientemente extensas y representativas de cada una de las unidades ecológicas del país. Este protege aproximadamente el 17 % del territorio nacional organizado en un sistema único de ámbito nacional, complementado con las áreas de conservación regional y las áreas de conservación privada y otras diferentes modalidades de conservación y manejo impulsadas por los gobiernos regionales y las instituciones sectoriales competentes en materia de los componentes de la diversidad biológica. Las áreas naturales de admin­istración nacional, de acuerdo a su categoría, pueden ser de uso directo o indirecto, lo que permite, de acuerdo a sus objetivos, docu­mentos de gestión y zonificación que contribuyen significativamente con la conservación in situ de la diversidad biológica nacional, al mismo tiempo que aportan beneficios directos e indirectos como los servicios ecosistémicos y oportunidades para el manejo y uso sostenible de sus componentes. Esto último genera así alternativas económicas inclusivas y promueve la equidad de sus beneficios; principalmente para los pobladores locales.

Por su parte, el Sistema Nacional de Áreas Naturales Protegidas (Sinanpe) ha tenido un crecimiento sostenido, en el cual ha pasado de 55 ANP en el año 2003, a 77 áreas naturales protegidas de administración nacional en diciembre de 2013. Dichas ANP, hacen un total de 19 520 604,83 ha, de las cuales 401 556,29 se encuentran en el ámbito marino. El Sernanp, durante el periodo 2003-2013, ha mejorado las condiciones para la gestión de las ANP, con lo que ha pasado de 33 a 60 el número de ANP de administración nacional con personal, y de 17 a 24 para las ANP de administración nacional con planes maestros actualizados.

De la misma manera, en los últimos años se ha mejorado la capacidad de las áreas naturales protegidas de reducir el grado de afectación de los ecosistemas que albergan. Desde el año 2011, en que se inició el registro de acuerdo a las metodologías de efectos por actividad dentro de ANP, al 2013 el porcentaje de probabilidad de ocurrencia cambió de 5,81 % a 5,27 %.

Entre otros elementos destacables, vale mencionar que las áreas complementarias al Sinanpe se han incrementado. En el caso de las áreas de conservación regional (ACR) gestionadas por las regiones han pasado de no contar con ninguna en el 2003, a tener 15 en el 2013, y 17 hasta junio de 2015, con lo que se abarca actualmente una extensión de 2 799 006,36 ha. Asimismo, las Áreas de Conservación Privadas (ACP), administradas por privados, han crecido de 1 en el 2003, a contar con 69 en el 2013, y 82 hasta junio de 2015, con lo que abarcan una extensión de 279 190,86 ha.

9.2.8.1. Efectividad del manejo de ANP

La representatividad ecológica de las ANP como un sistema de áreas protegidas debe contener un conjunto de muestras adecuadas a la variedad completa de biodiversidad en los diferentes ambientes (agua dulce, marino, terrestre) y escalas biológicas (ecosistemas, especies y variaciones). Esto implica conocer qué es una muestra adecuada, para lo cual es necesario saber cuánto es necesario conservar para que las muestras sean funcionales.

Del total de 20 ecorregiones terrestres identificadas en el Plan director de las áreas naturales protegidas al año 2013, 8 (40 %) están cubiertas por el Sinanpe en más del 10 %, y 12 (60 %) están cubiertas por el Sinanpe en menos del 10 %. Cabe resaltar que las ecorregiones con menor cobertura corresponden a las ecorregiones de punas húmedas del Titicaca (0,01 %), bosques secos del Marañón (0,10 %) y los bosques secos del centro, valles interandinos (0,57 %)[218].

La gobernanza en las ANP es fundamental, ya que todos los procesos son participativos, con lo que se consolida una gestión sostenible de la biodiversidad en los dos escalafones de gobierno nacional y regional. Hay que mencionar que se está desarrollando un trabajo fundamental con los gobiernos regionales y socios estratégicos en el desarrollo de los sistemas regionales de conservación y el establecimiento de ACR, bajo un modelo de manejo que, por su número tan representativo en el territorio nacional, son actores estratégicos en la protección de estas áreas para una efectiva gobernanza de los ecosistemas y biodiversi­dad descentralizada.

También hay un reto dentro de las áreas protegidas, que es el ar­ticular la planificación de las mismas, como parte de las acciones de desarrollo regional y local, al integrar la gestión participativa en la implementación de los planes maestros y generar gobernanza en el uso de recursos de la diversidad biológica y los ecosistemas.

La gestión de Sinanpe ha implementado las diferentes modalidades de participación en la gestión y manejo de recursos naturales. Como parte de estos mecanismos, desarrollados en los últimos 10 años, encontramos a los contratos de administración, que son mecanismos de participación mediante los cuales, organizaciones de la sociedad civil o representantes de organizaciones indígenas, se encargan de gestionar un ANP conjuntamente con el Sernanp.

En el Perú se han implementado dos tipos de contratos: contratos de administración, en el caso de las reservas comunales[219] y contratos de administración a cargo de organizaciones sin fines de lucro. Este último constitu­ye una figura jurídica no solo novedosa, sino particularmente poderosa para la gestión efi­ciente de las áreas naturales protegidas, pues organizaciones sin fines de lucro se compro­meten a brindar un soporte técnico y financiero a las ANP, con lo que aportan a la sosteni­bilidad financiera a largo plazo de las mismas

Actualmente, el Sinanpe cuenta con 8 contratos de administración con ONG[220] y con organizaciones indígenas ejecutores de contrato de administración[221].

9.2.8.2. Consulta previa para ANP

La Ley del Derecho a la Consulta Previa a los Pueblos Indígenas u Originarios, reconocida en el Convenio 169 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT), ley N° 29785, publicada en el 2011 y su reglamento aprobado mediante D. S. N° 001-2012-MC, constituyen hitos en el respeto de los derechos indígenas en el Perú, ante las medidas legislativas y administrativas que puedan afectarlos directamente.

Tradicionalmente, los procesos de establecimiento de áreas naturales protegidas en el Perú o la cate­gorización de zonas reservadas han implicado la socialización de las iniciativas entre todos los actores interesados a través de reuniones permanentes y mecanismos constantes de participación. Por ello, no es de sorprender que la implementación de la ley de consulta previa haya marcado un hito también en lo que respecta a las áreas protegidas del país, pues el primer proceso de consulta previa en el Perú se llevó a cabo precisamente respecto a un área natural protegida: el área de conservación regional Maijuna, en Loreto.

Al respecto, se han realizado dos procesos de consulta previa: el primero, relacionado con el ACR Maijuna-Kichwa, ubicada en Loreto, que culminó con la publicación del D. S. 008-20015-MINAM, que creó la citada ACR. El segundo proceso de consulta previa giró en torno a la propuesta de categorización de la zona reservada Sierra del Divisor como parque nacional, entre Ucayali y Loreto[222].


[217] Listado oficial de Áreas Naturales Protegidas, diciembre 2013.
[218] En el anexo 9C, se puede observar con detalle la representatividad de las ecorregiones al interior de las ANP.
[219] Resolución de Intendencia N° 019-2005-INRENA-IANP.
[220] En el anexo 9D, ver lo referido a contratos de administración con ONG-Sinanpe.
[221] En el anexo 9E, ver lo referido a contratos con el ejecutor de contrato de administración en reservas comunales.
[222] Los procesos de consulta previa a los pueblos indígenas u originarios es desarrollado con mayor detalle en el capítulo 4: Sociedad y ambiente, en lo referido a involucramiento de actores relevantes.

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