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Parte dos | Calidad ambiental de vida >> Capítulo 7 | Gestión de residuos y sustancias químicas

7.9.7. Insumos químicos y bienes fiscalizados

El control de las sustancias químicas no necesariamente se suscita en protección a la salud o al ambiente, por lo que el mayor control de las sustancias químicas en el país se ha adoptado como parte de un conjunto de medidas en la lucha contra actividades ilícitas.

Tres actividades que han suscitado la formulación de normativa para el control de los insumos químicos como medio para disuadir la actividad ilícita son la producción ilícita de drogas[167], la minería ilegal[168], y la fabricación e importación ilícita de productos pirotécnicos[169]. La primera y segunda están a cargo de la Sunat, y la tercera, a cargo de la Superintendencia Nacional de Control de Servicio de Seguridad, Armas, Municiones y Explosivos de Uso Civil (Sucamec). Por antigüedad, la infraestructura y el sistema de control más consolidado se da para los insumos químicos contra la producción ilícita de drogas. Bajo el mismo modelo, actualmente se está implementando el control de los insumos químicos para la minería ilegal. En relación a los insumos químicos para el control de la fabricación de pirotécnicos, se requiere de mayor difusión sobre la obligación de contar con la autorización de la Sucamec para su internamiento en el país, en el listado de mercancías restringidas de la Sunat y mediante la Ventanilla Única de Comercio Exterior.


[167] Ley N° 28305 – Ley de Control de Insumos Químicos y Productos Fiscalizados, sus modificatorias y normas conexas.
[168] D. L. N° 1103, que establece medidas de control y fiscalización en la distribución, transporte y comercialización de insumos químicos que pueden ser utilizados en la minería ilegal, y su normativa conexa.

[169] D. S. N° 005-2006-IN, que aprueba la adecuación del reglamento de la ley N° 27718, que regula la fabricación, importación y otras actividades con productos pirotécnicos, a la ley N° 28627.

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