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PARTE UNO > CAPÍTULO 5

Parte uno | El progreso hacia el desarrollo sostenible >> Capítulo 5 | Cooperación y compromisos internacionales

5.1.2. Participación y transposición de acuerdos multilaterales sobre el medio ambiente

El Perú es parte de la mayoría de los acuerdos multilaterales ambientales (Amuma), promueve las sinergias entre los mismos y ha logrado avances significativos en su implementación a través de normas e instrumentos dirigidos a tal fin. Entre los acuerdos multilaterales de los que participa el Perú, tenemos el Convenio de Basilea, Convenio sobre la Diversidad Biológica (CDB), Convención sobre el Comercio Internacional de Especies Amenazadas de Fauna y Flora Silvestres (CITES), Protocolo de Montreal, Convenio de Estocolmo, Convenio de Róterdam, Convención Marco de las Naciones Unidas sobre el Cambio Climático, Convenio de Minamata

Los Amuma son tratados internacionales con incidencia ambiental; pueden ser convenios marco o contener compromisos puntuales, y constituyen una fuente importante de derecho ambiental internacional. No hay una relación única de los Amuma existentes, pues algunos hablan de más de 300 acuerdos de este tipo, y la mayoría son implementados por medio de legislación nacional y medidas reglamentarias.

Sin embargo, cabe mencionar que la OMC señala que aproximadamente 20 de esos acuerdos incluyen disposiciones que pueden afectar al comercio. Por ejemplo, pueden contener medidas que prohíben el comercio de determinadas especies o productos, o permiten a los países que restrinjan el comercio en determinadas circunstancias.

Los tres principales Amuma son conocidos como los Convenios de Río: la Convención de las Naciones Unidas sobre la lucha contra la desertificación (CNULCD), el Convenio de las Naciones Unidas sobre la diversidad biológica (CNUDB) y la Convención marco de las Naciones Unidas sobre el cambio climático (CMNUCC). Han derivado de los acuerdos de rio, el Protocolo de Cartagena sobre seguridad de la biotecnología, el Protocolo de Nagoya y el Protocolo de Kioto.

Cabe destacar además otros Amuma de los que el Perú es parte: aquellos relativos a biodiversidad, como la Convención sobre el comercio internacional de las especies amenazadas de fauna y flora silvestre (Cites) y la Convención relativa a los humedales de importancia internacional (Ramsar). Otros relativos a químicos y desperdicios, como el Protocolo de Montreal relativo a las sustancias agotadoras de la capa de ozono, el Convenio de Basilea para el control de los movimientos transfronterizos de desechos peligrosos y su eliminación, el Convenio de Rotterdam sobre el procedimiento de consentimiento fundamentado previo aplicable a ciertos plaguicidas y productos químicos peligrosos objeto de comercio internacional y el Convenio de Estocolmo sobre contaminantes orgánicos persistentes.

Si bien los Amuma no son estrictamente convenios de cooperación, sí parten de un enfoque cooperativo necesario en el tratamiento de los problemas ambientales globales, y pueden dar lugar a cooperación internacional en su sentido convencional.

Cuadro 43 - Principales acuerdos multilaterales

Fuente: Ministerio del Ambiente (MINAM). Oficina de Cooperación y Negociaciones Internacionales (OCNI)
Elaboración: Equipo técnico EsDA-MINAM

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