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3.4.2. Cargas relacionadas con la regulación de la contaminación

3.4.2.1. Impuestos selectivo al consumo (ISC)

El ISC, técnicamente es un impuesto al consumo de tipo monofásico, que grava la primera operación de consumo de determinados bienes. Estos bienes pueden ser unos que generen externalidades negativas o bienes suntuarios que no son de primera necesidad para la población. Por ello se define su aplicación de acuerdo a criterios de política tributaria. Dicho impuesto se aplica bajo tres Sistemas: ad valor, ad valor según precio de venta al público y específico.

Este impuesto cumple diversas funciones importantes, una de las cuales es desincentivar el consumo de los bienes cuyo consumo genera externalidades negativas, como es el caso de los combustibles, por su efecto contaminante.

Tratándose del combustible, el ISC grava la venta en el país a escala del productor y de la importación de los bienes especificados en el Nuevo Apéndice III del Texto Único Ordenado de la Ley del Impuesto General a las Ventas e Impuesto Selectivo al Consumo, bajo el sistema específico, según el cual el Impuesto se determina a través de la aplicación de un monto fijo por volumen vendido o importado, cuyo valor es el establecido en el citado apéndice.

De acuerdo a la evolución de la recaudación por concepto del ISC, esta se incrementó en el periodo 2009-2013 y tuvo una disminución real anual de 9,2 % en el año 2014. Esta menor recaudación se debió principalmente a la caída de la recaudación proveniente de los combustibles, siendo el componente interno el más afectado, que registró una disminución real de 32,9 % respecto al año anterior. Cabe mencionar que en noviembre del año 2014 se disminuyó el ISC específico aplicable a las gasolinas y gasoholes[104].

Grafico-45.-Recaudaci#U00f3n-del-ISC-total-y-de-combustibles-09Fuente: Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (Sunat). Nota Tributaria

De otro lado, de acuerdo a la Declaración de Política Fiscal, expuesta en el Marco Macroeconómico Multianual 2016-2018, se tiene que para el caso del ISC, se buscará mantener la aplicación de este impuesto en función de la externalidad negativa generada por el consumo de los bienes afectos. Dichos bienes incluyen a los combustibles en donde se buscará establecer un gravamen mayor a los combustibles más contaminantes y viceversa, respetando los objetivos de presión tributaria y estabilidad económica.

Cabe mencionar que en el año 2005, el Conam elaboró un índice de nocividad de los combustibles[105] (periodo 2005-2006), que tenía la finalidad educativa de orientar a la ciudadanía y, en particular, a los consumidores de combustibles.


[104] D. S. N° 316-2014-EF del 21 de noviembre de 2014
[105] Este INC compara los diferentes tipos de combustible entre sí según la toxicidad y la nocividad ambiental que generan

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