PARTE TRES > CAPÍTULO 10
Parte tres | Aprovechamiento de la base de recursos naturales >> Capítulo 10 | Sector agropecuario y forestal
10.3.1. Sector agropecuario
· El Ministerio de Agricultura es el ente rector del desarrollo agropecuario del país, que tiene como objetivo estratégico elevar el nivel de competitividad del sector agrario en el marco de un desarrollo sostenible e inclusivo. Cuenta con organismos adscritos como la Autoridad Nacional del Agua (ANA), el Instituto Nacional de Investigación e Innovación Agraria (INIA), el Servicio Nacional de Sanidad Agraria (Senasa), el Servicio Nacional Forestal y de Fauna Silvestre (Serfor) y Sierra Exportadora. A través de Programas como de Desarrollo Productivo Agrario (Agrorural), Compensación para la competitividad (Agroideas), Subsectorial de Irrigaciones (PSI) y del Banco Agrario (Agrobanco), tienen la capacidad para dirigir recursos hacia actividades e iniciativas estratégicas.
La cobertura del Minagri en el ámbito nacional es visible a través de lo siguiente: 13 estaciones experimentales del INIA, 24 direcciones departamentales del Senasa, 14 autoridades administrativas del agua de la ANA, 16 proyectos especiales, 85 regiones agrorural, 10 agencias zonales PCC, 5 unidades regionales PSI, 15 administraciones técnicas de la Autoridad Nacional Forestal y de Fauna Silvestre (ATFFS) y oficinas de Agrobanco (15 agencias, 6 oficinas especiales y 45 CAR).
El Minagri cuenta tiene una política orientada principalmente a lograr el incremento sostenido de los ingresos y medios de vida de los productores y productoras agrarios. El fin es priorizar la agricultura familiar, sobre la base de mayores capacidades y activos más productivos, y con un uso sostenible de los recursos agrarios en el marco de procesos de creciente inclusión social y económica de la población rural, lo que contribuye a la seguridad alimentaria y nutricional.
Cuenta con diez Lineamientos de Política Agraria, y el manejo de los recursos agua, suelo y bosques están reflejados en los dos primeros lineamientos.
Respecto al manejo del recurso hídrico, en el año 2009 se aprobó la Ley N° 29338, Ley de Recursos Hídricos, cuya finalidad es la de regular el uso y gestión integrada del agua, la actuación del Estado y demás actores en dicha gestión. Crea el Sistema Nacional de Gestión de Recursos Hídricos, que tiene por finalidad el aprovechamiento sostenible, la conservación y el incremento de los recursos hídricos, así como el cumplimiento de la política y estrategia nacional de recursos hídricos y el plan nacional de recursos hídricos en todos los niveles de gobierno y con la participación de los distintos usuarios del recurso.
En el marco de esta ley, en el año 2015 se aprobó la Política y Estrategia Nacional de Recursos Hídricos, así como el Plan Nacional de Recursos Hídricos.
En el año 2014, se aprobó la Ley N° 30157, Ley de Organizaciones de Usuarios de Agua.
En el año 2012, se creó el Fondo Mi Riego, que está orientado a reducir las brechas en la provisión de los servicios e infraestructura del uso de los recursos hídricos con fines agrícolas que tengan el mayor impacto en la reducción de la pobreza y la pobreza extrema (en el país se ubican por encima de los 1 000 m s. n. m.), a través del financiamiento de proyectos de inversión pública de los tres niveles de gobierno, incluyendo los estudios de preinversión.
Respecto de los suelos, se viene implementando un Programa Presupuestal de Reducción de la Degradación de los Suelos Agrarios.
Cuenta también con la Política Nacional Forestal y de Fauna Silvestre, que es un producto valioso e inédito para armonizar las aspiraciones y expectativas de una gran diversidad de actores, con el interés común de la nación. El objetivo general de esta política es contribuir con el desarrollo sostenible del país, a través de una adecuada gestión del patrimonio forestal y de fauna silvestre; en tal sentido, asegure el aprovechamiento sostenible, la conservación, la protección y el incremento para la provisión de bienes y servicios de los ecosistemas forestales, otros ecosistemas de vegetación silvestres y de la fauna silvestre, en armonía con el interés social, cultural, económico y ambiental de la nación.
La Ley Forestal y de Fauna Silvestre tiene como objeto establecer el marco legal para regular, promover y supervisar la actividad forestal y de fauna silvestre para lograr la finalidad descrita en la política e impulsar el desarrollo forestal, mejorar su competitividad, generar y acrecentar los recursos forestales y de fauna silvestre y su valor para la sociedad.