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- Nuevo plazo para presentar Instrumento de Gestión Ambiental IGAC vence el 5 de octubre de 2013.
- Los procesos de aprobación de este instrumento que ya estaban en marcha se regirán por los plazos vigentes al momento de presentación del IGAC.
Lima, 6 de febrero de 2012. Mediante Decreto Supremo 001-2013-MINAM publicado hoy en el diario oficial El Peruano, el Ministerio del Ambiente dispuso un nuevo plazo para la presentación del Instrumento de Gestión Ambiental Correctivo (IGAC). Esta medida se adoptó en el marco del Proceso de Formalización de las actividades de Pequeña Minería y Minería Artesanal que se ejerce en zonas no prohibidas en el ámbito nacional.
La norma legal también hace algunas precisiones respecto a otros aspectos del proceso, como por ejemplo se indica que cualquier información adicional solicitada por la Autoridad Nacional del Agua (ANA) no constituye requisito previo para la opinión que debe emitir para la aprobación del IGAC.
Asimismo, se puntualiza que los sujetos de formalización independientemente de la ubicación de sus actividades pueden utilizar los servicios de los consultores inscritos en cualquiera de los registros a cargo de los gobiernos regionales o el que posee el Ministerio de Energía y Minas.
Finalmente, se informa que los procedimientos iniciados para la aprobación de IGAC antes de la vigencia de la presente norma “continuarán su trámite observando los plazos vigentes a la fecha de presentación del IGAC”.
Descargar Decreto Supremo
Ministerio del Ambiente
Oficina de Comunicaciones
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