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- Multas se incrementan de 600 UIT hasta 10 mil UIT, según la Ley General del Ambiente
- Esta medida forma parte del paquete de normas que establecerá la Comisión Multisectorial creada por el gobierno, por Resolución Suprema N° 189-2012-PCM
Lima, 11 de noviembre de 2012.- El Ministerio del Ambiente, mediante Decreto Supremo 007-2012-MINAM, publicado el día de ayer, dispuso la aprobación de la nueva escala de infracciones y sanciones aplicables a la gran y mediana minería para las actividades de explotación, beneficio, transporte y almacenamiento de concentrados de minerales.
De esta manera se logra la actualización de la escala de sanciones que se venía aplicando cuyo tope máximo de sanción de multa era de 600 UIT, aumentándose dicho tope hasta las 10,000 UIT conforme a lo que se establece en la Ley General del Ambiente.
En la nueva escala se incluyen 135 tipos de infracciones ambientales ordenadas en 12 diferentes categorías, entre las que se encuentra, por ejemplo, el incumplimiento a los compromisos establecidos en los instrumentos de gestión ambiental (Estudios de Impacto Ambiental – EIA, entre otros) que hasta la fecha era una infracción sancionada con una multa fija de 10 UIT. Con este decreto supremo ahora dicha falta podrá ser sancionada con hasta 10,000 UIT, previo cálculo de la multa correspondiente.
Con esta medida se le dota al Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental (OEFA), organismo adscrito al Ministerio del Ambiente a cargo de la fiscalización ambiental de las actividades de la gran y mediana minería, de las herramientas legales necesarias para asegurar una fiscalización ambiental efectiva que logre disuadir del incumplimiento de la legislación ambiental en aras de la protección de los derechos ambientales de la población.
Esta nueva norma forma parte del paquete de medidas que se le encargó a la Comisión Multisectorial creada por el gobierno, por Resolución Suprema N° 189-2012-PCM, que incluye la creación de leyes, adecuaciones normativas, fortalecimiento de instituciones ya existentes, creación de políticas ambientales, aplicación de protocolos y habilitación de servicios; entre otras, que buscan fomentar el desarrollo de las actividades económicas extractivas con sentido de inclusión social, protegiendo la salud de la población en armonía con el cuidado del ambiente y con una orientación hacia la sostenibilidad, tales como el proyecto de ley de creación del Servicio Nacional de Certificación Ambiental para las Inversiones Sostenibles, SENACE, aprobado recientemente por las Comisiones de Economía y de Pueblos Andinos y Amazónicos del Congreso de la República, y que está a la espera del debate en el Pleno.
Comunicaciones MINAM
www.minam.gob.pe
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