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Sábado, 25 de Mayo del 2013

REDES AMBIENTALES

 

 

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MINAM SUPERVISA DISPOSICIÓN FINAL DE RESIDUOS DE LA CONSTRUCCIÓN EN MAGDALENA Y SAN MIGUEL PDF Imprimir Correo electrónico

  • En Magdalena, la playa luce llena de basura, mientras que en San Miguel, decenas de volquetes ingresan a diario a la altura de la Costa Verde para dejar desmonte
  • Según la Ley Orgánica de Municipalidades, son los municipios los responsables de regular y controlar el aseo, higiene y salubridad en sus distritos; así como de proveer el servicio de limpieza pública
  • Se tiene en proyecto el Reglamento de Gestión de Residuos de las Actividades de la Construcción y Demolición coordinado por el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento con apoyo del MINAM
  • Al 2021 el Perú llegará con el 100% de los residuos sólidos a nivel nacional adecuadamente tratados y dispuestos, según el Plan Nacional de Acción Ambiental, PLANAA 2011-2021

Lima, 20 de agosto de 2012.- En una acción conjunta y coordinada funcionarios del Ministerio del Ambiente (MINAM) y del Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental (OEFA) –adscrito al MINAM- supervisaron la disposición final de los residuos sólidos y  material de construcción en la Costa Verde perteneciente a los distritos de Magdalena y San Miguel.

En el caso de Magdalena se observó la presencia de residuos sólidos como maderas, tecnopor, plásticos, llantas y otros; en la playa Marbella, aproximadamente en 400 metros de la línea del litoral. Asimismo, se identificó la presencia de viviendas precarias de recicladores informales a orillas de la playa; así como basura flotando sobre el mar.

En el distrito de San Miguel se observaron volquetes descargando material de construcción a orillas de la playa, además de un cargador frontal realizando tareas de compactación y un vehículo de carga pesada acopiando material segregado (fierros).

Cumpliendo con su objetivo de lograr el control eficaz de las fuentes de contaminación y de los responsables de su generación, el MINAM dispondrá las acciones legales correspondientes en el ámbito de su competencia a fin de evitar que se continúe la afectación del ambiente marino costero en dicha zona, teniendo en consideración las facultades señaladas en la Ley Orgánica de Municipalidades (Ley Nº 27972) y la Ley General de Residuos Sólidos (Ley Nº 27314).

En el artículo 80° sobre Saneamiento, Salubridad y Salud de dicha norma (Ley Nº 27972), se establece que los municipios son responsables de proveer el servicio de limpieza pública determinando las áreas de acumulación de desechos, rellenos sanitarios y el aprovechamiento industrial de desperdicios; así como de regular y controlar el aseo, higiene y salubridad en los establecimientos comerciales, industriales, viviendas, playas y otros lugares públicos de sus distritos.

Cabe resaltar que al 2021 el MINAM ha establecido como meta prioritaria que el 100% de residuos sólidos del ámbito municipal sean manejados, reaprovechados y dispuestos adecuadamente, según el Plan Nacional de Acción Ambiental 2011 – 2021. Para ello viene trabajando, entre otros proyectos, con la cooperación internacional - Agencia de Cooperación Internacional del Japón y el Banco Interamericano de Desarrollo- para implementar sistemas integrales de gestión de residuos sólidos en 31 ciudades del país.

 

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Última actualización el Martes, 21 de Agosto de 2012 15:47
 

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