En Magdalena, la playa luce llena de basura, mientras que en San Miguel, decenas de volquetes ingresan a diario a la altura de la Costa Verde para dejar desmonte
Según la Ley Orgánica de Municipalidades, son los municipios los responsables de regular y controlar el aseo, higiene y salubridad en sus distritos; así como de proveer el servicio de limpieza pública
Se tiene en proyecto el Reglamento de Gestión de Residuos de las Actividades de la Construcción y Demolición coordinado por el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento con apoyo del MINAM
Al 2021 el Perú llegará con el 100% de los residuos sólidos a nivel nacional adecuadamente tratados y dispuestos, según el Plan Nacional de Acción Ambiental, PLANAA 2011-2021
Lima, 20 de agosto de 2012.- En una acción conjunta y coordinada funcionarios del Ministerio del Ambiente (MINAM) y del Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental (OEFA) –adscrito al MINAM- supervisaron la disposición final de los residuos sólidos y material de construcción en la Costa Verde perteneciente a los distritos de Magdalena y San Miguel.
En el caso de Magdalena se observó la presencia de residuos sólidos como maderas, tecnopor, plásticos, llantas y otros; en la playa Marbella, aproximadamente en 400 metros de la línea del litoral. Asimismo, se identificó la presencia de viviendas precarias de recicladores informales a orillas de la playa; así como basura flotando sobre el mar.
En el distrito de San Miguel se observaron volquetes descargando material de construcción a orillas de la playa, además de un cargador frontal realizando tareas de compactación y un vehículo de carga pesada acopiando material segregado (fierros).
Cumpliendo con su objetivo de lograr el control eficaz de las fuentes de contaminación y de los responsables de su generación, el MINAM dispondrá las acciones legales correspondientes en el ámbito de su competencia a fin de evitar que se continúe la afectación del ambiente marino costero en dicha zona, teniendo en consideración las facultades señaladas en la Ley Orgánica de Municipalidades (Ley Nº 27972) y la Ley General de Residuos Sólidos (Ley Nº 27314).
En el artículo 80° sobre Saneamiento, Salubridad y Salud de dicha norma (Ley Nº 27972), se establece que los municipios son responsables de proveer el servicio de limpieza pública determinando las áreas de acumulación de desechos, rellenos sanitarios y el aprovechamiento industrial de desperdicios; así como de regular y controlar el aseo, higiene y salubridad en los establecimientos comerciales, industriales, viviendas, playas y otros lugares públicos de sus distritos.
Cabe resaltar que al 2021 el MINAM ha establecido como meta prioritaria que el 100% de residuos sólidos del ámbito municipal sean manejados, reaprovechados y dispuestos adecuadamente, según el Plan Nacional de Acción Ambiental 2011 – 2021. Para ello viene trabajando, entre otros proyectos, con la cooperación internacional - Agencia de Cooperación Internacional del Japón y el Banco Interamericano de Desarrollo- para implementar sistemas integrales de gestión de residuos sólidos en 31 ciudades del país.
Última actualización el Martes, 21 de Agosto de 2012 15:47
Ministerio del Ambiente | Central Telefónica: (+511) 611 6000 | Línea verde: 0800 -00- 660 | Fax: (+511) 611 6034
Av. Javier Prado Oeste 1440, San Isidro, Lima. | Ver Croquis | webmaster@minam.gob.pe MINAM 2009 Copyright
Resolución mínima 1024x 768