Prorróguese por sesenta (60) días calendario adicionales, contados a partir del vencimiento del plazo establecido en el artículo 6 de la Resolución Ministerial N° 345-20177-MINAM, el plazo de vigencia del Grupo de Trabajo constituido mediante la referida Resolución Ministerial.
Resolución Ministerial N° 041-2018-MINAM | 584.94 Kb